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EDITORIAL |
Clientelismo con ocurrencias
Todo lo referente a la seguridad vial exige respuestas serias y eficientes
El protagonismo político y el clientelismo no deben contaminar el acto de legislar
Algunos diputados, validos del proyecto de reforma de laLey de Tránsito , propusieron algunos cambios ajenos al propósito original. Nos referimos, específicamente, a la pretensión de poner fin al “monopolio”, según lo expresan, de la revisión técnica de vehículos, a cargo de un consorcio español-costarricense. De este modo, los colegios técnicos y los talleres automotores particulares brindarían este servicio.
Aunque algunos diputados retiraron las mociones pertinentes, la insistencia de un legislador del Movimiento Libertario logró imponerse sobre la necesidad imperiosa de la promulgación de la reforma a laLey de Tránsito . Esta normativa se aplazará, entonces, en busca del “consenso” en la Comisión de Asuntos Jurídicos, pese a que la mayoría es consciente de su necesidad. ¡Gran triunfo diputadil! Curiosamente, la larga espera se basa en dos despropósitos: romper un monopolio inexistente y, además, proponer la ruptura para dentro de seis años, mediante licitación del MOPT. Así, según el proponente, se logrará evitar, desde ahora, “la lentitud con que se tramitan las licitaciones”. ¡Admirable capacidad de previsión y de aceleración de los trámites burocráticos que, de ponerse en práctica desde ahora, en el archipiélago de la tramitología, nos deparará, sin duda, días de ventura después del 2012!
En cuanto al fantasma del monopolio de la revisión técnica de vehículos, bien se sabe que, según sentencia reiterada de la Sala Constitucional, no es tal. No es correcto, por lo tanto, aducir este argumento para justificar su eliminación. En efecto, en el año 2000 la Sala Constitucional indicó que no había roces de inconstitucionalidad en el contrato con Riteve. En el año 2005, mediante voto 2005-4190, manifestó: “…una concesión para la prestación de servicios públicos no puede ser un monopolio privado…”. En el mismo año se reiteró este criterio. Por su parte, la Contraloría General de la República y la Comisión para promover la competencia señalaron, en el 2001, que en la licitación para elegir la empresa que brindaría el servicio de revisión técnica había imperado la libre competencia. No hay, pues, razón alguna para adelantar previsiones, cuya consecuencia ha sido atrasar la reforma de laLey de Tránsito .
Estas ocurrencias solo sirven, por otra parte, para manosear situaciones jurídicas consolidadas y con ello poner en entredicho la seguridad jurídica. La seguridad jurídica no es un adorno. Es una premisa fundamental para la convivencia y para el funcionamiento del Estado y de la sociedad civil.
Se hace verdaderamente necesario insistir sobre el particular por los abusos cometidos en este campo, con descrédito interno y externo, y por las consecuencias a que se expone el Estado por proceder con despreocupación y liviandad, al calor del populismo o del protagonismo político. Por otra parte, la iniciativa política debe encaminarse a resolver los problemas nacionales y no a empeorarlos, o a manipular aquellas actividades, públicas o privadas, que están funcionando correctamente.
En el caso de la revisión técnica de vehículos, conviene recordar aquellas épocas en que este (des)control era una fuente de corrupción y clientelismo. La revisión técnica ha contribuido a educar a la gente y a mejorar la seguridad vial. Si subsisten fallas en este campo, compete al Estado la responsabilidad. En efecto, un sector de propietarios de vehículos evade la normativa técnica, y el control de la contaminación, con las sanciones correspondientes, es deficiente. Es necesario, entonces, distinguir entre lo esencial y lo accidental, entre el interés público y el interés personal. La tragedia vial del país exige seriedad y madurez. También la potestad de legislar.
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