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Magistrados prohíben uso de “cancerígeno” en harina de pan


Redacción

San José (Redacción). La Sala Constitucional prohibió el uso del bromato de potasio en las harinas para panes, al declarar con lugar una acción de inconstitucionalidad contra un decreto del Poder Ejecutivo que así lo permitía desde 1997.

Un comunicado del Poder Judicial indica que la “Sala estimó, con fundamento en una serie de estudios técnicos y científicos (Agencia Internacional de Investigación contra el Cáncer, FAO, OMS, Helth And Welfare Agency de EE.UU., Comisión Europea), que el bromato de potasio tiene efectos cancerígenos, extremo que no les fue informado a los consumidores pese a que el artículo 46 de la Constitución Política impone el derecho a la información veraz y adecuada de éstos sobre los componentes y cualidades de las sustancias que se emplean en los bienes y servicios que adquieren.

“Asimismo, la Sala estimó que tal efecto cancerígeno atenta contra la salud e integridad física de los consumidores. Adicionalmente, ante los informes del Ministerio de Salud en el sentido que en nuestro país se utilizaban “niveles aceptables” de bromato de potasio y que los informes científicos son “meras recomendaciones”, la Sala Constitucional optó por aplicar el principio precautorio el cual habilita, ante un estado de incertidumbre científica o técnica acerca de los daños serios e irreversibles que pueda provocar un producto sobre la salud e integridad física de los consumidores, adoptar las medidas preventivas del caso –incluso de carácter prohibitivo-, aspecto que también fue omitido por el Ministerio de Salud y las autoridades estatales”.

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